Respuesta:Se efectúa dependiendo de la clase de contrato de trabajo que tenga el trabajador y la fecha de ingreso a laborar.
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO. Depende de la fecha que haya ingresado a laborar el trabajador así:
INGRESO DESPUES DEL 27 DE DICIEMBRE DE 1992. Se debe distinguir si la persona devenga menos de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes o más. Art 28 de la Ley 789 de 2002.
Salario devengado | Si no tiene más de un año | Más de un año | Ejemplo 3 años de servicios |
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Menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes $4.990.000 (Año 2009) | 30 días de salario | 20 días adicionales por cada uno de los años subsiguientes y fracción | 1er año= 30 2do año= 20 3er= 20 Total= 70 |
Desde 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes en adelante | 20 días de salario. | 15 días adicionales por cada uno de los años subsiguientes y fracción | 1er añ o= 20 2 años mas (2*15 )= 30 Total= 50 |
1er año | 2do año menos de 5 | 5 años menos de 10 | Más de 10 años |
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45 días | 15 días adicionales por cada año de servicios y fracción de año | 20 días adicionales por cada año de servicios y fracción de año | 40 por cada año subsiguiente al 1ro y fracciónde año |
Ar t8, Decreto 2351 de 1965. | EXCEPCION: Si renuncio a la acción de reintegro. Art 6, Ley 50 de 1990 |
CONTRATO A TERMINO FIJO | CONTRATO DE OBRA O LABOR CONTRATADA |
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El valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado en el contrato. No podra ser inferior a 15 días. Art 64 CST. | El valor de los salarios correspondientes al lapso que falta para terminar la obra o labor contratada. No podrá ser inferior a 15 días. |
OTRAS INDEMNIZACIONES. En el caso que el empleador ya sea voluntariamente o por convención, pacto colectivo o se haya establecido por fallo arbitral, una tabla de indemnización en este caso se aplicara la más favorable al trabajador.
RESTRICCIONES. No se podrá despedir sin justa causa en casos tales como el de la mujer en embarazo, fuero sindical, discapacitados, despido coléctivo, en los cuales se requiere la correspondiente autorización legal.
CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA
8 comentarios:
Doctor solo le escribo para que corrija el orden de fechas, pues las fechas estan atrazadas 10 años.
Las fechas no estan atrasadas 10 años, sino que la norma de la ley 789 de 2009 establecio que esa nueva tabla de indemnizacion se aplicaria a quienes llevaban menos de 10 años a la publicacion de la ley lo cual ocurrio el 27 de diciembre de 2002 diez años antes significa a partir del 27 de diciembre de 1992
"PARÁGRAFO TRANSITORIO. Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en los literales b), c) y d) del artículo 6o. de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplica únicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero de enero de 1991."
Por otra parte la ley 50 de 1990 establecio que la tabla que en su momento expidio no se aplicaria a quienes tenian mas de 10 años de servicio o sea a los que ingresaron antes del 2 de enero de 1981.
Por eso encuentra siempre 10 años antes con relacion a la expedicion de la ley que establece una nueva tabla. Esa es la explicaciòn
Bueno, me surgió esta duda, ¿la indemnización que debo cancelar por terminación del contrato sin justa causa excluye o me libera del deber de pagar la indemnización del art. 140 del Cod. sust. del trabajo o bien la del art. 51 del Decreto 2127 de 1945?
Muy agradecido
Docto trabajo desde el 9 de febrero del 2009 para una emprsa de Redes electricas y en este momento las cosa se estan poniendo feas me descuenta 80.000 de segur y nunca lo cancelan a tiempo al retirarme puedo demandar po mi liquidacion.
Felicitaciones, muy buena la forma de dar respuestas. Dios lo siga iluminando. asi es compartir lo que sabemos es desarrollar los talentos que Dios nos ha dado
Doctor, es posible que me despidan por conocer de la formacion de un sindicato y no haber informado en la empresa? Aclaro que no pertenezco al sindicato
No es legal que lo vayan a despedir por esa circunstancia
Doctor
tengo un salario de $3675819 con una bonificación de $ 1654819 con contrato de trabajo a termino indefinido con personal ordinario salario ordinario.
La empresa esta restando personal sin justa causa.
tengo derecho a indemnización y cuanto seria el dinero a recibir llevando 8 meses de trabajo
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