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Doctor en Derecho y Ciencias Políticas U.Externado de Colombia. Tarjeta profesional 17117. Economista. Universidad Jorge Tadeo Lozano, Bogotà. Tarjeta profesional 5425.Especialista en Seguridad Social. U. Javeriana. Cali. Ex-Presidente de la Colegiatura de Abogados Laboralistas del Valle del Cauca- CALAV. Experiencia de 30 años en el área de Recursos Humanos y Asesoría legal laboral.

enero 04, 2009

Salarios y Prestaciones Sociales Mínimo Legal- Año 2009- Colombia

¿Cuales son los salarios y prestaciones sociales mínimas a que tiene derecho un Trabajador Colombiano en el año 2009?

Respuesta: Las que a continuación aparecen actualizadas.

SALARIOS

SALARIOSVALOR DEFINICION
Salario mínimo año 2009. Art 145 CST y Decreto 4868 de 2008$496.900

Jornada Ordinaria 48 horas semanales 8 horas diarias. Ley 50 de 1990. Art.20

SALARIO MINIMO DIA$16.563,33Jornada Ordinaria Día 8 horas
SALARIO MINIMO HORA ORDINARIA$2.070,42Jornada ordinaria 6 a.m a 10 p.m. Ley 789 de 2002, Art. 25
SALARIO MINIMO HORA NOCTURNA Ley 50 de 1990Art. 24$2.795,06Jornada Nocturna 10p.m a 6 a.m. Valor Hora Ordinaria+35% de recargo


AUXILIO DE TRANSPORTE
AUXILIOVALORDEFINICION
MES Decreto 4869/08$59.300Se paga a quienes devenguen hasta $993.800 (2 salarios mínimos mes)
DIA$1.976,67.


HORAS EXTRAS

HORAS EXTRAS VALORDEFINICION
ORDINARIA Ley 50 de 1990 Art.24$2.588,02Valor Hora Ordinaria+25% de recargo
NOCTURNA Ley 50 de 1990 Art. 24$3.623,23Valor hora ordinaria+75% de recargo
DOMINICAL Y FESTIVO ORDINARIA$4.140,83Valor hora ordinaria+75% por festivo+25% recargo diurno
DOMINICAL Y FESTIVO NOCTURNA$5.176,04Valor hora ordinaria+75% por festivo+75% recargo nocturno


DOMINICALES

DOMINICAL Y FESTIVOVALORDEFINICION
ORDINARIA $3.623,23Si se trabaja Hora básica+75% de recargo
NOCTURNA $4.347,88Hora básica+75% recargo festivo 35% recargo nocturno
VACACIONES
DESCANSOVALORDEFINICION

Vacaciones

Art.186 C.S.T.

Provisión mensual

$20.704,17

15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicios

PRESTACIONES

a cargo del Empleador

PRESTACIONESVALORDEFINICION
CESANTIAS Articulo 249 C.S.TProvisión Mensual $46.350Un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracciones de año

Intereses de CESANTIAS

Ley 52 de 1975

Provisión Mensual$5.562Intereses legales del 12% anual sobre el valor de la cesantía acumulada al 31 de diciembre de cada año

PRIMA DE SERVICIOS.

Art. 306 C.S.T

Provisión Mensual $46.350Un mes de salario pagaderos por semestre calendario así:15 días el ultimo día de junio y 15 días en los primeros 20 días de diciembre de cada año

DOTACION

Ley 11 de 1984, Art 7.

Un par de zapatos y un vestido de labor Entregas así: 30 de abril, 31 de agosto,20 de diciembreSe entrega a quienes devenguen hasta $994.000 (2 salarios mínimos mensuales).Con mas de 3 meses de servicio.

PRESTACIONES

a cargo de terceros y parafiscales

PRESTACION VALORDEFINICION

SALUD

Ley 1122 del 2007 Art. 10

Por salario mínimo

mes ($62.100)Empleador:$42.200 Trabajador:$19.900

Desde el 1 de febrero del 2007 el 12.5% Circular No 101 MinProteccion
Empleador:8.5%Trabajador:4%

PENSIONES

Ley 797 de 2003 Art.7

Por salario mínimo

mes $ 79.500 Empleador:$59.600 Trabajador:$19.900

Cotización: 16%. Empleador:12%Trabajador:4%

Decreto 4982 de 2007

RIESGOS

PROFESIONALES

Decreto 1772 de 1994 Art 13

VALOR INICIAL

Salario Mínimo

Riesgo I:$2.600

Riesgo II:$5.200

Riesgo III:$12.100

Riesgo IV:$21.600

Riesgo V:$34.600

VALOR INICIAL Según Actividad Económica

Riesgo I

:0.522%

Riesgo II:

1.044%

Riesgo III:

2.436%

Riesgo IV:

4.350%

Riesgo V:

6.960%

A cargo del Empleador

APORTE

ICBF

Ley 89 de 1988

SENA

Ley 21 de 1982

Cajas de Compensación Familiar

3% ICBF

2% SENA

4% Cajas

A cargo de la empresa.

Base: Sobre los pagos que constituyan salario.

$ 44.700

Se conocen como aportes parafiscales.

SUBSIDIO FAMILIAR

Ley 21 de 1982 y

Ley 789 de 2002 Art. 3

Se paga por las Cajas de Compensación Familiar en dinero a quienes devenguen hasta $1.987.600 ( 4 salarios mínimos legales mes)

Resultante del aporte que la empresa hace a las Cajas

Suma de dinero, pagos en especie y en servicios, que paga la Caja de Compensación Familiar al trabajador


CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA

69 comentarios:

Anónimo dijo...

Su pagina es muy util, gracias por los servicio virtuales que presta y la información tan detallada.
Colegio Carlos V- Bogotá

Anónimo dijo...

De antemano quiero agradecer la información detallada a aquellos que dia a dia logramos subsistir con el MINIMO... Muchos éxitos y bendiciones

Unknown dijo...

Gracias por responder a nuestras inquietudes de tipo laboral, su pagina es excelente.

ivzoca dijo...

me parece muy interesante e inmensamente util para tener conocimientos mas alla del decreto basico de fijacion del salario minimo.

Anónimo dijo...

su pagina es de mucho interes gracias por publicar esta informacion tan important para nosotros.

Anónimo dijo...

DE veras que es una pàgina muy pero muy útil e interesante me ha servido de mucho.
mil gracias

mavi

Anónimo dijo...

Gracias. es muy útil e interesante

Anónimo dijo...

ees muy bueno me ayudo mucho en mis tereas

Anónimo dijo...

Buenos dias, excelente su blog, felcitaciones por sus publicaciones y comentarios. En todos los que he visto no he observado un caso como el mio y es el siguiente: Tuve a una empleada de Sept. 16/08 a dic. 31/08, decidi terminar su vinculacion por ladrona y altanera, hice que me firmara una renuncia voluntaria y pague su liquidacion al final. Por ser DESPLAZADA, recibe del estado salud, razon por la cual no la afilie a la EPS, y la verdad tampoco le cancele en esos 4 meses ARP ni AFP. Ahora la señora argumenta que ella no entro enferma cuando inicio labores conmigo y quiere que le pague drogas y otras cosas que no se realmente cuales son las que pretende. La pregunta es:aj estoy obligada a pagarle en dinero la Eps, Afp y Arp a la cual no la vincule por tener salud como desplazada?...la carta de renuncia voluntaria que ella me firmo es suficiente para ampararme de cualquier pretension? Tengo ademas firmadas las liquidaciones de trabajo definitivas en las cuales le cancele sus vacaciones, sueldos, cesantias e intereses s/cesantias....Muchas gracias por su colaboracion.

Anónimo dijo...

excelentes sus comentarios para despejar dudas laborales. mi caso es el siguiente laboro en una empresa desde hace mas de 20 años, en esta le pagan a los empleados obreros por categorias desde la 1 hasta la 11.Mi desempeño desde hace mas de 15 años, corresponde a la categoria (11)once. ¿Que debo hacer para reclamar legalmente esas 3 categorias que me hacen falta para que mi sueldo corresponda a mi desempeño?.logicamente sin afectar mi situacion laboral atte arturo

Anónimo dijo...

Muy buenas las informaciones del salario minimo.

muchas gracias. romalta

Anónimo dijo...

Muchas gracias, necesitaba mucho esta información,clara, precisa y conscisa. de nuevo mil gracias!

Unknown dijo...

Muchas gracias por su blog, la informacion es muy clara y ordenada.

Anónimo dijo...

agradezco la util informacion de su pagina, realmente muy clara
att
ESPILAGUA E.U.

Jose Guillermo Fernandez Alvarez
representante legal

Anónimo dijo...

Doctor
Duque, usted realiza una excelente labor de difusión entre las personas que no somos expertas. Además ayuda a que haya justicia social pues ya no podemos decir que ignoramos la ley! Muchas gracias,

Anónimo dijo...

BUENISIMO ESTO ME HA SIDO DE MUCHA AYUDA

Anónimo dijo...

-muy buena esta pag web excelente informacion

Anónimo dijo...

Muy bien por la informacios mil gracias todo mu bien explicado.

Anónimo dijo...

buenas tardes
quiero saber cuanto me deben si trabaje del 10 al 12 de marzo; del 18 de marzo al 2 de abril, sabiendo que me gano segun el smlv con aux de transpote

kzn dijo...

Buen dia.. y de antemano gracias por la valiosa información.

Haciendo cuentas, una persona que gana un "Salario Integral" que no cobija las prestaciones, para poder cubrir estos gastos debería ganr entonces $784.700 mínimo? .. o cuanto sería lo que una persona con salario integral debería ganar para poder llamarlo "mínimo" cubriendo por lo menos gastos de transporte y Salud???
Muchas gracias de nuevo por su valiosa colaboración..

Att:
Andres Mesa
pauloandes arroba gmail punto com.

javier Agudelo dijo...

No conocia estapagina,me ha parecido estraordinaria y quisiera obtener resppuestas para algunas preguntas, como por ejemplo cuanto es lo minimo para un salario integral.

Anónimo dijo...

Son personas como usted las que hacen un mundo mejor, al brindarnos información que necesitamos y no encontramos en otro lugar

Harold.glich dijo...

Dr. Cesar Augusto Duque Mosquera.
Le felicito por la página que ha creado, he encontrado todos los datos que estaba buscando.
Muchas gracias.

Atentamente,
Ing. Harold Glich

Market Insights - Consumer Reseach Agency dijo...

Muchas Gracias por compartir esta información, muy útil!

Consultas Laborales dijo...

$6.459.700 es el salario minimo integral por mes para el año 2009.
Equivale a 10 salarios minimos mas un 30% equivalente a las prestaciones, lo que significa en la practica 13 salarios minimos legales mensuales

Anónimo dijo...

Buenos días. Por favor resuelve uans dudas:

Si un empleador no ha cancelado las prestaciones sociales desde hace 12 años.

¿Cómo se liquidan las cesantías y primas con el salario actual o, con el de los años pasados?

¿El empleador debe pagar todo de una vez o, es posible fraccionar en cuotas?

¿Cómo se liquidan las vacaciones que el empleado no tomó?

¿Si el contrato es de hecho, es posible que el empleador evada las prestaciones de ley, diciendo que el contrato era de salario integral; aunque el empleado trabaje más de 8 horas al día y casi todos los fines de semana?

mar dijo...

Buena su pagina lo felicito gracias, por su valiosa ayuda


Maribel

Anónimo dijo...

realemte lo felicito por su pagina ya que el contenido ha sido de mucha ayuda...

Anónimo dijo...

Es una guia muy util para quienes trabajamos en recursis humanos. Mil gracias.

Anónimo dijo...

que bueno saber que personas como usted se preocupan por publicar informacion tan importante pero sobretodo tan util para personas como yo que muchas veces somos ignorantes en estos temas yq ue ademas no contamos con recursos para pagarle a u contador o administrador par aqu enos liquiden el timepo laborado en una empresa,, muchas gracias,, QUE DIOS LO LLENE DE MUCHISIMAS BENDICIONES MAS.

Anónimo dijo...

Excelente pagina, muchas gracias por publicar informacion detallada soportada en la normativa vigente.

Anónimo dijo...

Exelente portal, muchas felicitaciones!!!!

Anónimo dijo...

primero que todo muchisimas gracias por una informacion tan util y veridica.quisiera aprovechar este medio para una consulta:estoy trabajando de 6 a 2:30 jornada diurna descanso solo 30min esto es viable legalmente cuando el trabajo es un contac center?? mi correo es goesco_18@hotmail.com . agradesco infinitamente.

Unknown dijo...

MUY BUENA SU PAGINA Y CON MUCHO ORDEN, ME FUE MUY ÚTIL.MIL GRACIAS G RIVEROS R

Anónimo dijo...

MUCHAS GRACIAS DOCTOR LA VERDAD ME HA SIDO MUY UTIL ESTA INFORMACION AQUI USTED PUBLICA ADMIRO SU ORDEN Y SABIDURIA BENDICIONES Y EXITO. GRACIAS.

Alvaro dijo...

Doctor, muchas gracias por una información tan precisa y ordenada, me ha sido de gran utilidad.

YAIR MONTOYA LÒPEZ dijo...

hola
su pagina me parece muy interesante, podria ayudarme con la siguiente consulta:
cuanto puede cobrar una persona por una hora de trabajo en el dia teniendo en cuenta que ha esta persona no se le esta haciendo cotizaciones ni a salud ni vacaciones ni riesgos profesionales ni sesantiasy demas...
Por favor es una consulta que quisiera que me respondiera si es tan amable lo mas pronto posible.
Cordialmente: Yair montoya Lopes
3148337250@comcel.net

Anónimo dijo...

hola me podrian ayudar ,necesito saber cuanto me toca por cuatro meses de trabajo muchas grasias

alex dijo...

Abogado, le felicito por se blog, es una nuestra de una verdadera labor social. Alex Alvarez

Unknown dijo...

era realmente lo que necesitaba estaba un poco confundida con mi nomina fue de gran utilidad. graciasssssss

Miguel Mejia dijo...

hola
abogado esta pagina me parece muy completa y tiene un contenido muy valioso pero me gustaria saber cuanto gana un empleado que entra como aprendiz

Consultas Laborales dijo...

Lo primero es señalar que el aprendiz no es un empleado, su funcion es unicamente el aprendizaje y lograr su formacion profesional metodica y completa. En la etapa lectiva recibe como apoyo de sostenimiento pues no se trata de un salario el 50% de un salario minimo. Durante la etapa practica recibira el 75% de un salario minimo legal vigente.
En este enlace encontrara respuesta mas detallada

http://consultas-
laborales.blogspot.com/2008/02/contrato-de-aprendizaje-apoyo-de.html

Anónimo dijo...

Que buen servicio,, Calor conciso, sin carreta. Muchas gracias

Anónimo dijo...

Muchas gracias por su generosidad

Anónimo dijo...

excelente página...muchas gracias

Anónimo dijo...

Falta informacion sobre el salario integral vigente minimo en Colombia. Es lo que estoy buscando, ya que supuestamente gano un salario integral minimo cada mes y lo tengo por 750000. Falta informacion sobre eso. Agradeceria informacion detallada asi como esta arriba en el blog.

Daniel Cárdenas dijo...

Disculpe pero donde podría encontrar información acerca de los Contratos por Prestación de Servicios?

Gracias

Anónimo dijo...

un material de gran apoyo para mi carrera victor

Anónimo dijo...

FELICITACIONES UNA PUBLICACION MUY BUENA Y DE MUCHA AYUDA.

Anónimo dijo...

MUCHAS GRACIAS ME SIRVIO DE MUCHO.

Gustavo Adolfo Torres dijo...

Señor Duque, su aporte me ha sido de mucha ayuda ya que estaba muy interesado en las prestaciones sociales.

ADIS ALVAREZ MACEA dijo...

MUCHAS GRACIAS POR ESTA INFORMACION TAN PRECISA Y BIEN RESUMIDA, CLASIFICADA DE TODOS LOS PARAFISCALES TANTO PARA EMPLEADORES COMO PARA EMPLEADOS.ME AYUDO BASTANTE

Anónimo dijo...

gracias, por sus publicaciones son muy utiles en mi formacion profesional. chao y gracias

Anónimo dijo...

esta informacion me a sido muy util, espero que siga publicando informacion asi, muchas gracias

Anónimo dijo...

creo que este medio de comunicacion al nosotros los trabajadores es muy util por que nos informa oportunamente.
pero megustaria que pudieramos interactuar mas por medio de la paguina para aclarar algunas dudas personales
gracias

Anónimo dijo...

A penas..me la encontre.. que informacion tan completa!!! Felicitaciones...IVAN

Anónimo dijo...

gracias por su ayuda me a sido de gran utilidad

Anónimo dijo...

hola: muchas gracias x la información prestada, es muy util y sencilla para entenderla cualquier persona. Gracias y no dejo de publicar la información para el año 2010

maricela dijo...

yo solo trabaje 40 dias me tienen que pagar prima y vacaciones

Consultas Laborales dijo...

Por esos 40 dias le deben pagar proporcionalemnte cesantías, intereses de cesantías, vacaciones y prima de servicios.

Anónimo dijo...

Felicitaciones, por tan valiosa informacion.
Quedaria super completa si le agregara la liquidacion de prestaciones sociales junto con las bases de salario para cada uno de ellos.
Muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola doctor Duque muchas gracias por su pagina. Yo lo conocí cuando fue Concejal de Santiago de Cali, cuando verdaderamente el Concejo valia.

Anónimo dijo...

SOLICITO LA ACTUALIZACION PARA EL PRESENTE AÑO DEL SALARIO MINIMO, COMO USTED LO SABE HACER DE FORMA EXCELENTE, INDICANDO TODOS LOS FACTORES PRESTACIONALES

Consultas Laborales dijo...

Desde el 31 de diciembre lo publique. Buscar en el indice

Anónimo dijo...

me permito hacerle la siguiente consulta doctor:
una empleada de servicio domestico por dias ( 5 dias a la semana de lunes a viernes ), toma vacaciones . Esos dias serian 10 dias habiles o 15 dias habiles???.
el año pasado se pagaron las vacaciones segun la formula SBxDTx360/720, pero ella solo tomo 10 dias habiles, y quedaron pendientes 5 dias habiles. Ella regresó al trabajo y todo se ha cancelado normalmente. Cómo se liquidan esos dias que ella no tomó si las vacaciones se pagaron completas segun la formula??

jose luis escobar dijo...

Hola cesar angusto duque, quiero saber un poco sobre provisiones para prestaciones sociales para el 2010, aportes para seguridad social y para fiscales, gracias... te felicito...

Consultas Laborales dijo...

Jose Luis ya lo actualice en otra pagina buscarlo en el indice tematico como salarios y pretaciones sociales año 2010

Anónimo dijo...

Información puntual, muy clara e incluye los decretos; lo cual la hace muy completa.

leo dijo...

muy muy muy util gracias