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Doctor en Derecho y Ciencias Políticas U.Externado de Colombia. Tarjeta profesional 17117. Economista. Universidad Jorge Tadeo Lozano, Bogotà. Tarjeta profesional 5425.Especialista en Seguridad Social. U. Javeriana. Cali. Ex-Presidente de la Colegiatura de Abogados Laboralistas del Valle del Cauca- CALAV. Experiencia de 30 años en el área de Recursos Humanos y Asesoría legal laboral.

septiembre 16, 2007

Licencia de maternidad- Reconocimiento- Cotizaciones menores al periodo gestacion



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¿Puede una mujer que no ha cotizado durante todo el embarazo obtener la licencia de maternidad?

Respuesta: No, solo es viable cuando se afecte el mínimo vital de la madre o el recién nacido.

LICENCIA DE MATERNIDAD. Equivale a 12 semanas o sea 84 días. Art. 236, del Código Dustantivo del Trabajo.
Requisito para obtener su reconocimiento económico: Que la afiliada haya cotizado al Sistema General de Seguridad en Salud, como mínimo durante todo el periodo de gestación, de manera ininterrumpida.

Fundamento legal: El artículo 63 del Decreto 806 de 1998 y el Decreto 47 de 2000, artículo 3 numeral 2.

INAPLICACION DE LAS NORMAS ANTERIORES
Si bien la licencia de maternidad es un derecho prestacional y por lo tanto no es susceptible de protección por vía constitucional ha señalado la Corte Constitucional que estas normas no se pueden aplicar de manera mecánica, pues se estaría haciendo nugatorio el derecho a la licencia de maternidad cuando se halle en conexidad con un derecho fundamental de la madre o del recién nacido tales como el de la vida digna, el derecho al mínimo vital, a la seguridad social y a la salud.

ACCION DE TUTELA. Si se dan las situaciones anteriores se puede acudir a este mecanismo legal y solicitar la inaplicabilidad de las normas anteriormente señaladas. Sentencia T- 598 de 2007.
En los casos de afectación del mínimo vital la Corte Constitucional ha ordenado el pago de la licencia, a pesar de que la trabajadora no haya cotizado durante todo el tiempo de embarazo.

Pago: Según criterio de la Corte Constitucional expresado en Sentencia 530 de 2007, se ordena pagar la licencia de manera completa en un 100% en los casos que las semanas dejadas de cotizar corresponden a menos de 2 meses frente al total del tiempo de la gestación, pero en los casos que superan los dos meses ha ordenado su pago proporcional.

Tiempo para interponer la acción de tutela: Dentro del año siguiente al parto.

OBLIGACION DE PAGO DE LA LICENCIA POR EL EMPLEADOR:
a) Cuando el empleador no ha pagado los aportes.
b) Por pagos extemporáneos del empleador que hayan sido rechazados por la EPS.

PAGO DE LA LICENCIA POR LA EPS
Si el empleador cancelo extemporáneamente y los pagos fueron aceptados en esas condiciones por la entidad promotora del servicio de salud, hay allanamiento a la mora por haber incumplido su deber de adelantar las acciones con cobro correspondiente y no oponerse oportunamente al pago oportuno, la cual corre con cargo al sistema de seguridad social integral.

CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA

21 comentarios:

Anónimo dijo...

Más que un comentario quisiera hacer una pregunta. Yo coticé como independiente 37 semanas del embarazo y no me pagaron la Licencia de maternidad por no haber cotizado las 40 semanas completas. La EPS debió haberme pagado la Licencia de Maternidad? y después de 3 años es valida un reclamación para que me efectúen el pago?
Gracias

Consultas Laborales dijo...

El cobro de incapacidades prescribe al año, luego ya no cabe la reclamaciòn

Anónimo dijo...

Mi sobrina es trabajadora independiente y cotizó los últimos ocho meses de embarazo. Pregunta: ¿Tiene derecho a reclamarle a la EPS el pago de la licencia de maternidad? Gracias de antemano.

Consultas Laborales dijo...

La respuesta la puedes encontrar en este enlace de este blog.

http://consultas-laborales.blogspot.com/2007/09/licencia-de-maternidad-reconocimiento.html.

La Corte Constitucional en estos caso donde faltan menos de 2 meses de cotizacion ha ordenado el pago del 100% de la licencia, siempre que se afecte el minimo vital.
Si se la niegan en la EPS deberia acudir a la accion de tutela siempre y cuando lo haga dentro del año siguiente al parto.

Anónimo dijo...

tengo una inquitud lo q pasa es q el año de 2007 cuando yo me di cuenta que estaba embarazo comenze a cotizar como independiente en el seguro social mes a mes cumplidamente y pues la verdad yo no sabia muy bien lo de la licencia de maternidad y le pregunte a una dra y ella me dice no ud no puede ser beneficiaria de la licencia ya q tiene q estar afiliada por lo menos un año a la eps para pode reglarla entoces yo deje eso a si en 18 de marzo del 2008 yo tuve la bebe y dr no me dio ninguna incapacidad, ahora despues de casi un año me comentan q yo si tenia derecho y llamo ahora a la nueva eps y me dicen q no q yo tenia 3 meses no mas para reglamarla q ya no se puede hacer nada.

sera q todavia puedo hacer algo, una accion de tutela o algo? agradeceria la colaboracion y esperare un pronta respuesta gracias

Anónimo dijo...

tengo actualmente 31 semanas de embarazo y estoy incapacitada por problemas relacionados con el embarazo. mi ginecologo considera q mi incapacidd se va a extender hasta el momento del parto, es decir que se uniria la incapacidad medica con la licencia de maternidad. Quisiera saber q pasa en estos casos y si la licencia de maternidad sufre alguna reduccion en tiempo o economica. muchas gracias.

Unknown dijo...

Dr. buenas tardes, yo comence a cotizar en la EPS cuando me enteren que estaba embarazada es decir el 19 de agosto de 2008, y el 14 de febrero de 2009 nacio mi bebe, pero la EPS no me pago la licencia, me gustaria saber si puedo hacer algo al respecto ya que no cuento con ningun ingreso. ley sus cometarios pero no entiendo lo de la afeccion del minimo vital

Gracias
Johanna Vargas

carmen dijo...

Un empleador que pago aportes un dia despues del termino para el pago es correcto que la eps niegue el pago de incapacidad de una empleada por pagos morosos? agradeceria si me contestaran a mi correo c.rocha56@hotmail.com mil gracias.

dora dijo...

YO ESTOY AFILIADA A LA EPS DESDE EL 2005 DURE UN AÑO COTIZANDO Y ME RETIRE, NUEVAMENTE ME VINCULE EN EL 2008 CUANDO ME DI CUENTA QUE ESTABA EN EMBARAZO TENIA 3 MESES 1/2 AHORA LA EPS NO QUIERE PAGARME LA LICENCIA, PUEDE USTED ACLARARME SI TENGO DERECHO A ELLA?. GRACIAS.

Anónimo dijo...

Cotizo sobre un salario minimo, tengo 7 semanas de embarazo, si comienzo a pagar sobre dos salarios minimos a partir de agosto mi licencia sobre que salario sera liquidada

Anónimo dijo...

Actualmente trabajo en un concesionario pero mediante una cooperativa de trabajo, la pregunta es: Estoy en periodo de gestacion ¿como hago para adquirir a la licencia de maternidad sin que me hagan ningun tipo de descuento en la licencia? y fuera de eso tengo que buscar el remplazo y pagarle durante el tiempo de mi licencia ¿que tan cierto es?
Gracias
att, Maria F

Anónimo dijo...

Maria F., no es cierto, ya que quien paga la licencia es la eps no el empleador, ellos siguen pagando un trabajador con sus recursos y la licencia se paga con lo que usted ha aportado al sistema de seguridad social en salud.
Maryluz.

Vivian dijo...

soy aprendiz del SENA firme contrato el dia 1 de noviembre del 2008, junto a los documentos respectivos para la afiliacion a la EPS, amediados de febrero me entere que estaba en estado de embarazo, cuand acudi al medico como cotizante no apareci como afiliada de manera tal que mi papa hizo los tramites para que me atendieran como beneficiaria, siendo él el cotizante... cuando fui al medico el dia 20 de marzo tenia 5 meses y un diade embarazo. TRate de comunicarme con la empresa para preguntar que habia pasado con la EPS y no me contestaron, no volvi a insistir por falta de tiempo... Mi bebe nacio el dia 27 de junio 2009 nacio de siete meses presenta problemas de respiracion y duro 15 dias hospitalizado, con tantas cosas olvide por completo dar notificacion a la empresa.... me acerque a la empresa el dia 13 de agosto 2009 despues de terminar los 40 dias de puerperio y encuentro dentro del archivo los papeles de mi a filiacion a la EPS sin radicar ante la EPS.... ¿Qur debo hacer par adquirir mi derecho al pgo de la licencia de maternidad?

Anónimo dijo...

Dr. Tengo un problema, quiero saber si me puede despejar las dudas.
Apartir del 2008 e trabajado y hasta diciembre de 2009 en una entidad del estado, he sido vinculada por contrato de prestacion de servicios, en todo este tiempo he firmado aprox 6contratos; entre alguno de ellos se dan hasta espacios en las fechas aunque nunca he faltado a mi trabajo, yo cumplo horario, pido permiso si necesito salir, como cualquier empleado más. En febrero de 2009 quede embarazada, mi bebe nacio el 31 de octubre del mismo, mi licencia se extendia hasta el 24 de enero de 2010. el contrato que tenia termino el 31 de dic de 2009. En este momento no tengo contrato, no me han aclarado mi situación, por lo que veo no me van a contratar y aun me estan adeudando 24 dias de mi licencia. Mi bebe nacio con un virus que lo tubo casi dos meses en una clinica, requiere de controles mensuales con especialistas; en este momento no tengo serv de salud,soy madre cabeza de hogar, mi esposo no tiene trabajo. Estoy desesperada, que puedo hacer. aclaro que el empleador no me ha dado la cara para decirme nada y atodos los que preguntan dice que va a hablar y no lo hace. se me olvidaba, como usted sabe viene ley de garantias y no se puede contratar.. que puedo hacer? gracias

Anónimo dijo...

buenas tardes es que tengo una duda yo cotize desde antes de estar embaraada y ya mi bebe tiene dos meses y no me han cancelado la primer quincena de mi licencia quiero saber porque sera, me quedan solo 24 dias de licenccia y la verdad me urge el dinero que puedo hacer para que me solucionen algo muchas gracias.

Anónimo dijo...

Buenas tardes, quisiera saber como empleador si un pago de licencia de maternidad la pueden negar al tener dos mes seguidos como pagos extemporaneos, me dicen que debo enviar una carta explicando el motivo del pago y este entraria a un comite.
o que debo hacer en este caso.

Anónimo dijo...

MUY BUENOS DIAS,QUICIERA SABER SI TENGO DERECHO A EL PAGO DE MI LICIENCIA MATERNAS. PUESTO QUE LA EPS ME DICE QUE PARA ACCEDER A ESTA,TENGO Q TENER EL TIEMPO COMPLETO COTIZADO, PERO ME HIZO FALTA UN MES.

ME GUATARIA SABER SI PUEDO HACER ALGO O DEFINITIVAMENTE TENGO QUE DEJAR ESTO ASI.

GRACIAS

Anónimo dijo...

estaba incapacitada el mes antes de entrar a la licencia por lo que mi ingreso de base de colonización fue menor al valor que yo devengo
mi salario básico es de $1.300.000
el mes antes de entrar a la licencia fue de $750.000 mi licencia llego en total por $2.100.000 mas o menos los 3 meses estoy inconforme con quien me quejo quien me tiene que resolver la empresa o la EPS. Gracias

Anónimo dijo...

mi pregunta es legal que la entidad donde uno trabaje pague la licencia de maternidad por menos valor de lo que la eps pago a el empleador y que finalizada la licencia si le paguen el excedente pues esto me ha afectado ya que venia con un sueldo mas alto y lo que me han pagado no me alcanza y me dicen que cuando termine en el sistema la lic me cruzan el resto gracias

Anónimo dijo...

yo estoy cotizando como independiente mas de un año pero estoy trabajando y mi empleador no paga nada de seguridad social me encuentro en embarazo la pregunta es yo le puedo exigir el pago de la licencia de maternidad a mi empleador

Anónimo dijo...

muy buenos dias porfesor, mas que un comentario es para resolver una inquietud, si la eps paga la licencia de maternidad, al empleador y este no entrega los dineros a la madre, que camino tomo,
1 pido ala eps el pago por que no cumplio, al pagar a la persona que no era y luego repita contra el empleador.
2 al empleador
muchas gracias y buen dia